La nueva ley de actos del estado civil solo faculta a la JCE para capturar, almacenar y procesar esa base de datos
Los bancos comerciales, empresas de telecomunicaciones, entidades públicas y privadas que tengan almacenados datos biométricos de las personas en República Dominicana, tienen un plazo de 60 días para eliminarlos. Esta disposición está contenida en el artículo transitorio de la Ley 4-23 Orgánica de los Actos del Estado Civil recientemente aprobada por el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo.
En ese ordenamiento jurídico se establece que la Junta Central Electoral está encargada de manera exclusiva de la recaudación, almacenamiento, tratamiento y procesamiento de los datos biométricos de las personas, los cuales se harán de la manera determinada por los reglamentos de aplicación subsiguientes a esta lgislación. Por tales razones “las instituciones que recauden datos biométricos, o que tengan base de datos biométricos, tendrán un plazo de sesenta (60) días, luego de la entrada en vigencia de esta ley, para eliminar chicos registros”.
¿Quiénes lo hacen?
Muchos se preguntarían ¿Hay empresas e instituciones públicas y privadas que tengan bases de datos biométricos? La respuesta es que sí y todo eso se ha estado haciendo sin reglamento y regulación de la JCE que es la guardiana de la identidad en el país.
En la actualidad, muchas telefónicas e instituciones de intermediación financiera, antes de brindar un servicio toman fotografías de los usuarios o les piden autenticar sus datos mediante el sistema de huellas dactilares. Eso es parte del proceso de verificación o recaudación de datos biométricos.
Pero no solo esas. Hace unos meses el Poder Ejecutivo, a través del Centro de Comando, Control, Comunicaciones, Computadoras, Ciberseguridad e Inteligencia (C5i) de las fuerzas Armadas, lanzaron Sistema Integral de Dirección, Mando y Control (Sidmco) que entre otras, permitirá el acceso y recopilación de datos personales de los residentes y visitantes en el país.
Además de esto, la policía puso en ejecución el sistema integral de dirección de mando y control Constantino, el cual es utilizado por agentes de la Policía Nacional para depurar a los ciudadanos en 30 segundos al momento de ser retenidos.
¿Qué pasará ahora con la Ley?
En el reportaje “El biométrico, base de datos poderosa que debe ser mejor aprovechada”, hecho por ElCaribe en agosto del año pasado, la Junta Central reconoció que hace unos años se conformó un comité integrado por la Suprema Corte de Justicia, Procuraduría General de la República, Policía Nacional, Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), Dirección General de Migración, entre otras, con la finalidad de intercambiar información para la creación de un sistema de datos criminal pero no se logró porque una de las entidades envueltas quería ser la propietaria de la central de información.
Ahora, con la ley 4-23 esto queda claramente delimitado y establece que “solo la Junta Central Electoral podrá ofrecer el servicio de consultas de datos biométricos para fines de verificación de identidad de las personas”. Refiere además que, la JCE proporcionará los medios para la verificación de la identidad de las personas mediante consulta de los datos biométricos a las instituciones de índole pública o privada que así lo soliciten, siempre que estas ostenten un interés legítimo para el uso de dichos datos.
En el párrafo segundo de la ley se dispone que “la consulta de datos biométricos para fines de verificación de identidad deberá realizarse respetando el derecho a la intimidad de las personas, consagrado en esta ley y demás leyes sobre la materia”.
El órgano responsable de la identidad en el país, ya tiene los datos biométricos almacenados y gracias a ello, cuando instituciones del sistema de justicia han pedido colaboración para certificar la identidad de personas en conflicto con la ley, cadáveres o ciudadanos de interés ha respondido.
Ahora con la ley lo que se da es carácter de formalidad y la faculta como la única legalmente reconocida para tener en su control esas informaciones. Al tiempo que le provee la potestad, tal como ocurre con los documentos de identidad y electoral, para que las entidades públicas y privadas verifiquen la identidad de las personas mediante ese sistema.
Qué se hace con el biométrico?
Es frecuente que ante la Policía Nacional o el Ministerio Público las personas en conflicto con la ley mientan respecto a su nombre, edad e incluso lugar de residencia.
El año pasado, durante un proceso llevado a cabo por la Junta Central y la Procuraduría General de la República en las cárceles, se pudieron determinar las reales identidades de privados de libertad gracias al Sistema De Identificación Biométrica Automatizado (ABIS) que tiene la Junta.
“Nosotros hemos encontrado personas que en el Ministerio Público dieron un nombre y están con otros”, señaló Américo Rodríguez, director de cedulación.
El funcionario reconoció que la JCE tiene las herramientas institucionales que mediante convenios interinstitucionales pueden ser puestos al servicio de los diversos organismos estatales y esto podría en gran manera contribuir a diseñar y desarrollar mejores políticas públicas.
Sobran los ejemplos de casos en los que la entidad ha colaborado con la Policía para la identificación de personas encontradas decapitadas. Pero no solo eso, en el año 2014 fue mediante esa tecnología que se pudo identificar al joven que incendio uno de los vagones del metro.
Fuente: @elcaribe