Santo Domingo, RD.
El año que recién inicia cuenta con un calendario cargado de días no laborables y fines de semana largos idóneos para planear unas pequeñas vacaciones desconecto de lo laboral.
Para este 2023 el Ministerio de Trabajo cumpliendo así con la Ley 139-97, que establece el traslado de los días feriados anunció que durante estos 365 habrá 13 días feriados, de los cuales 4 serán en el mes de enero, que se le suma el 2 de enero declarado no laborable por el Poder Ejecutivo.
El primer mes del año empezó hoy con el feriado de Año Nuevo, al cual le seguirá el lunes dos.
El interesante calendario de enero continúa con el fin de semana largo del día de los Santos Reyes comprendidos entre el viernes 6 y el lunes 9.
El sábado 21, día de Nuestra Señora de la Altagracia tampoco es laborable y la fecha es inmovible, a diferencia del jueves 26, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, la cual es laborable y el feriado se cambia para el lunes 30 de enero.
Por la basta cantidad de días feriados que trae enero, lo convierte en un mes oportuno para planear unas pequeñas vacaciones para liberar el estrés post festividades navideñas.
Lista completa de días no laborables en 2023
*El domingo 1 de enero, fecha de celebración del Año Nuevo, no se cambia.
*El lunes 2 de enero, fecha declarada no laborable por el Poder Ejecutivo.
*El viernes 6 de enero, día de los Santos Reyes, se trabaja y se cambia para el lunes 9 de enero.
*El sábado 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.
*El jueves 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se cambia para el lunes 30 de enero.
*El lunes 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional es inamovible.
*También es inamovible el viernes 7 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo
*El lunes 1ero de mayo, día del trabajo, su carácter no laborable, no se cambia
*El jueves 8 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.
*De igual forma no se cambia el miércoles 16 de agosto, día de la Restauración de la República.
*El domingo 24 de septiembre, día de las Mercedes y el lunes 06 de noviembre, día de la Constitución, serán celebrados en sus fechas correspondientes.
*El lunes 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.