El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 40-23, mediante la cual declara a San Cristóbal como provincia ecoturística. Dicha Ley dispone que cada año, la provincia contará un presupuesto establecido en la Ley General de Presupuesto y que según el senador Franklin Rodríguez, se espera que sea de RD$60 millones, dinero que será manejado por el Consejo de Desarrollo Ecoturístico establecido en la Ley promulgada.
La Ley 40-23 fue promulgada entre otros considerando, porque San Cristóbal posee condiciones medioambientales óptimas, al contar con una diversidad de ecosistemas de gran valor para la conservación y preservación de la biodiversidad, además de contar con vastos recursos naturales y un ecosistema diverso para el desarrollo turístico en zona costera, ríos, montañas, arroyos, manantiales y represas.
Asimismo la Ley resalta que San Cristóbal cuenta con un valioso patrimonio histórico, propicio para el turismo arqueológico y cultural, entre los que destacan el ingenio Don Diego Caballero en San Gregario de Nigua (ruta de los ingenios de época colonial); pinturas prehistóricas y grabados rupestres de las cuevas El Pomier; la Casa de Caoba; los frescos en el interior de la iglesia Nuestra Señora de la Consolación, elaborados por el artista español José Vela Zanetti; el parque Piedras Vivas; el balneario La Toma; Las Barias; las cuevas del Conde de Mana en Yaguate; el parque ecológico de Nigua; las cuevas en Las Coles en Cambita Garabitos; El Fuerte de Resolí; El Casino; Castillo del Cerro; entre otras atracciones.
La declaración de San Cristóbal como provincia ecoturística se justifica según la Ley, porque se hace necesario promover fuentes de empleos dignas y sustentables, mediante el fomento de la economía naranja y ecológica, en beneficio de los ciudadanos de San Cristóbal, estimulando a su vez la iniciativa privada a través de la creación de nuevas MiPyMes orientadas al sector turístico de la provincia.
Destacar que el objetivo de la referida Ley es impulsar la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y el fomento de las manifestaciones culturales, en beneficio del desarrollo económico y social de la provincia, a través de declarar la provincia San Cristóbal, como provincia ecoturística.
El Consejo de Desarrollo Ecoturístico de la provincia estará integrado por el ministro de Turismo, quien lo preside y a falta de este un viceministro designado para tales fines; el ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales o su representante; el ministro de Cultura o su representante; el gobernador Civil de la provincia o su representante; un alcalde escogido en consenso por los alcaldes de los municipios que integran la provincia San Cristóbal; un representante de los proyectos turísticos y ecoturísticos de la provincia; un representante de las organizaciones ecológicas de la provincia y el director ejecutivo quien funge como secretario con voz, pero sin voto.